RICARD MARÍ
Dr. Ciencias del Mar
Capitán de la Marina Mercante
Reflexiones
No nos merecíamos el resultado final, o quizás sí, por no haberlo defendido con la tenacidad y la energía necesarias. Ahora todo está hecho y cerrado, pero las heridas todavía siguen abiertas pues siguen supurando decepción y un grado de indignación. El Capitán tampoco se merecía una sentencia condenatoria por las acciones que una mayoría de los profesionales náuticos también las hubiéramos intentado realizar, y el resto las hubieran rechazado por cobardía ante la magnitud de la tragedia y las presiones de quienes creían saber más.
Me queda la frustración y el sinsabor por no haber sabido defender lo evidente, en contra de criterios opuestos y campañas untadas de soberbia por parte de algunos que se llamaban técnicos o investigadores, aunque estuvieran vacíos de rigor apolítico. Con todo, las causas del accidente no fueron identificadas y con ello, tampoco se pudieron establecer medidas preventivas, aunque a muchos se les llenara la boca al señalar responsables o irresponsables, solo culpables de ficciones sin demostrar.
Estas circunstancias me llevan a exponer lo que creo no fue considerado, tratado e investigado con la profundidad suficiente. No pretendo presentar aquí un relato como si fuera la única realidad, sino evidenciar una convicción que ya no será discutida (a pocos les interesa el tema), ni abrirá una nueva vía de investigación que tuviera el recorrido suficiente para poder ser rebatida en contrario, sujeto al rigor científico honesto, libre de presiones e intereses ajenos.
Preliminares
Mi intervención oficial en el caso comienza al ser designado perito judicial[1]. Sucedió en el Juzgado de Instrucción 32 de Barcelona, siendo las 13:00 horas del día 20 de febrero de 2007, cuando acepté y juré el cargo de perito judicial mediante el procedimiento de Exhorto 28/2007-DT (procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de Corcubión, Previas 960/2002 [”PRESTIGE”]).
No dejar en el olvido, las dos breves e informales reuniones con el Capitán Mangouras, que me sirvieron para apreciar su nobleza y profesionalidad como persona y profesional de la mar. Supe de viva voz su calvario de largo recorrido desde el mismo momento del accidente hasta su puesta en libertad. Llegué a apreciarle sin alcanzar la amistad, los cortos encuentros no dieron para tanto.
La documentación recibida para abarcar todas las opiniones y temáticas relacionadas, fue cuantiosa[2]. La mayoría fueron contradictorias entre sí, las que más, enfocadas bajo el punto de vista partidista, alejadas del puramente técnico que hubiera sido deseable para una investigación objetiva.
Sin embargo, la lectura exhaustiva de esos documentos, me permitieron detectar indicios y circunstancias para alcanzar una conclusión a la que nadie había llegado, siendo los relevantes para este relato los referidos a estudios[3] y comunicados[4]. El día 19 de marzo de 2012, al inicio de mi declaración en el juicio oral, la primera pregunta que se me formuló, por parte del abogado D. José Mª Ruiz Soroa, fue, ¿“Cómo es que una de sus conclusiones, la que se refiere a la determinación de la causa fundamental del accidente, mantiene que se produjo por el impacto de troncos sobre el casco, cuando el resto de los peritos no lo han señalado”?
Mi respuesta fue clara y contundente: "ninguno de todos los peritos intervinientes tuvo en cuenta informaciones perdidas en la inmensa documentación del caso, que conducían a la identificación de la causa del accidente" (pérdida de cubertada del buque "VARNADIEP", trayectorias de la deriva de troncos, recogida de troncos en la costa, etc.). Todas mis respuestas durante los dos días que estuve declarando bajo las preguntas de la fiscalía, abogacía del Estado, abogados de las partes, etc., no fueron suficientes para rebatir lo que para mí era, y sigue siendo, evidente.
Justificación de lo evidente
El informe se estructuró en tres (3) grandes bloques de análisis:
-Condiciones previas y al instante del accidente
-Condiciones desde el instante del accidente hasta que el ”PRESTIGE” es abandonado por su Capitán
-Condiciones hasta el hundimiento del buque
Por su parte, el juicio oral, una vez ya conocidas las favorables conclusiones para ABS por los tribunales de EE.UU respecto a las condiciones estructurales del buque, se centró básicamente en los dos últimos bloques. A mí, como experto en seguridad, me hubiera interesado más, una mayor profundidad en el primer bloque, a fin de conocer la causa o causas que provocaron el accidente.
Ese desinterés, forzado por los numerosos intereses partidistas, políticos y sensacionalistas, frustró toda posibilidad de alcanzar el conocimiento de la causa.
Aspectos relevantes
Condiciones atmosféricas. Mar y viento.
Coincidente con los partes meteorológicos de ese día, confirmados por las embarcaciones que se encontraban en las proximidades del PRESTIGE, se registraron vientos de componente W, entre el NW y el WSW con intensidades superiores a los 40/45 nudos y altura de olas de 4 a 9 metros, según observador.
Por su exquisito tratamiento de los datos y las positivas aportaciones al caso, hago una especial mención al informe del Prof. Albert R. Osborne[5].
Los datos medidos por la boya en la ubicación de Silleiro a unos 90 kilómetros al sur de “PRESTIGE” en el momento del accidente revelan que las condiciones de viento en las horas antes del siniestro produjeron un aumento simultáneo rápido en la altura de ola significativa, acompañado por una disminución repentina del periodo pico.
Esta condición meteorológica fue el evento precursor más importante para el inicio brusco de un estado de mar de olas gigantes (freak wave), dominado energéticamente por grandes paquetes de olas gigantes. Durante una condición de mar de olas gigantes el estado del mar se caracteriza por las grandes alturas de olas significativas y cortas longitudes de ola de cruce por cero, lo que significa que las olas medias estaban muy empinadas. Cuando los paquetes de olas gigantes individuales se levantan, son aún más empinadas (hasta tres o cuatro veces) que esta definición promedio, y las olas individuales pueden, por un momento, convertirse en paredes verticales de agua ya que se inclinan hacia adelante y se rompen con alturas superiores a 12,5 m.
En el momento del accidente, el “PRESTIGE” estaba navegando en lo que puede ser clasificado como un estado muy energético del mar, conocida como “mar de olas gigantes” (rogue sea, freak wave) en el cual existe una gran posibilidad de que se produzcan olas gigantes o extremas.
Conocimiento y consecuencias de una pérdida de cubertada
La situación del buque “VARNADIEP”, cuando notifica la pérdida de la cubertada de troncos, dista del lugar del accidente del PRESTIGE, tan solo unas 28 millas.
Teniendo en cuenta la deriva conjunta de viento, corriente y oleaje que sufría el buque y el tiempo trascurrido desde la echazón hasta el momento del accidente de unas 31 horas, podría darse una coincidencia del momento y lugar de los troncos con el PRESTIGE. Unos (los troncos) golpean y dañan, mientras que los sucesivos golpes de mar correspondientes con el intenso oleaje, destruyen progresivamente las estructuras del casco.
El hecho básico, fundamental para la demostración de mi tesis sobre la causa del accidente, parte de un comunicado del Centro de Tráfico de Vigo, emitido el día 18.11.2002 a las 08:57:
Esta instrucción pasó desapercibida por todos los peritos intervinientes en el caso. No fueron capaces de relacionar los hechos conocidos (punto de emisión de los troncos y su recalada en la costa) con la situación del “PRESTIGE”, y las consecuencias derivadas.
Las 28 millas recorridas por los troncos en el intervalo de 22 horas, da una velocidad de deriva de 1,27 nudos, aceptable dadas las variables de intensidad y dirección del viento y la traslación de las masas de agua.
La distancia del “VARNADIEP” hasta la varada de troncos en Porto do Son era de 84 millas, y el intervalo dudoso de unas 100 horas (del 12.11.02 a 07:30 a día 18.11.02 a 09:00) sin saber cuándo vararon y cuándo se decidió removerlos de la costa, proporciona una velocidad de deriva de 0,84 nudos, perfectamente asumible dado que las condiciones meteorológicas mejoraron en ese último intervalo, y el promedio de la velocidad de deriva disminuyó con esa bonanza.
El “PRESTIGE” se encontraba a unas 4 millas de la trayectoria directa de la deriva de los troncos troncos y dentro de cualquier valoración de la pluma de dispersión.
Características de los troncos
La presencia de troncos en el lugar del siniestro podría no tener una relevancia en caso, si olvidásemos las dimensiones y masa que pueden tener cada uno de los mismos. Solo una parte de los 200 se verían implicados.
Se toman como referencia la que proporcionó un recorte de prensa(6) en la que se menciona la longitud de los troncos (l > 15 m). La experiencia demuestra que tienen un diámetro apreciabre > 1 m) y densidad inferior a 1, con un valor aproximado de (0,85 > d > 0,95)
Con esos datos puede hacerse una idea de lo que representaba el impacto de un solo tronco, afectado por la influencia de las rompientes (energía) de las olas gigantes, al significar una masa de unas 15 toneladas.
Apreciaciones por parte de la tripulación
No hay discrepancias significativas en las declaraciones de todos los tripulantes al manifestar sus vivencias a partir de ese momento, ni en la recepción y respuesta a las mismas. Todos coinciden en haber detectado un fuerte ruido
como punto de referencia para identificar el inicio del accidente.
Recibir un golpe de mar por el costado no produce un ruido identificado como "un distinto de los habituales y mucho menos como "ruido importante". Si se considera que ese golpe de mar produce un desgarro de plancha, el ruido consecuente no tiene el efecto tambor ni tampoco considerarlo como un golpe. Si se considera la entrada violenta e importante en el tanque, el ruido producido no es de "un golpe", sino un ruido continuado hasta nivelar los vasos comunicantes.
Estudio contradictorio
El estudio realizado por CEHIPAR[7] para análisis de ensayos y las hipótesis de causas de la avería, concluye:
o El impacto con objetos flotantes en la zona afectada del casco, el comportamiento observado de objetos flotantes (contenedores o troncos) en las proximidades del buque indica que es poco probable que pudieran impactar contra su costado en la zona estimada de la avería.
La poca probabilidad no indica imposibilidad de que pueda producirse, ya que en un mar muy alterado y los movimientos de libertad del buque (balance, arfada, guiñada, etc.) en dicho oleaje, se crean numerosas circunstancias de encuentro con las zonas de barrido próximas, y por ello, todo es posible, aunque inicialmente se le otorgue un porcentaje pequeño de posibilidad.
Se aprecian conceptos desviados del conocimiento de las olas, expuestos por el Director General de la Marina Mercante, en su declaración en el juicio:
Las olas se trasladan, las masas de agua se desplazan ligeramente, mientras que partículas de agua lo hacen con el movimiento orbital característico, que sí empuja con fuerza los objetos depositados en la superficie.
De dicho estudio, cabe destacar las apreciaciones que resultan discutibles por apartarse totalmente del análisis riguroso y de la realidad.
Las simulaciones se realizaron partiendo de supuestos alejados de la realidad:
Este planteamiento es totalmente falso ya que las características de carga para contenedores de 40’, son: Peso bruto 30.480 kg, Tara 3.800 kg, carga útil: 26.680 kg.
Mientras que para la consideración de los troncos:
No indican la masa que se aplicó en los cálculos y ensayos, y es significativo que era conocida la existencia de los troncos.
Parece que no se ajusta a la realidad en cuanto a la cuantificación de la variable “masa”. Ni lo referente a los contenedores en cuanto a los pesos, ni a los troncos por la ausencia de datos de la muestra.
El resultado de los ensayos era una consecuencia directa de las características del oleaje aplicado, pero la perpendicular a la cresta de la ola es muy significativa por el efecto ariete[8] y el desplazamiento de planeo en la rompiente de las crestas
(surfing).
En cuanto a la deriva muy lenta, también dependerá de la parte aérea no sumergida del tronco.
Varios supuestos erróneos, suponer que se encontraban por la proa y que la existencia de grandes olas no provocaban un efecto surfing[9], con altas velocidades provocadas por las energías cinéticas y potenciales en los senos a las crestas de las olas y viceversa.
Salvando las distancias y circunstancias de cada caso, ahora no entiendo muy bien el accidente del “TITANIC”.
Concluyen que es un tema complicado pero no dejan las puertas abiertas a un estudio serio y riguroso, en vez de aceptar la poca probabilidad, ya que tampoco la determinan.
Finalmente,en el apartado de conclusiones, manifiestan:
Deberían haber considerado la deriva activa de los troncos que incidían perpendicularmente a la derrota del "PRESTIGE", especificado las condiciones de ensayo para determinar el comportamiento de los objetos flotantes, y sin escusas, determinar la probabilidad del suceso.
Conclusiones
En ningún momento se debió descartar la posibilidad de que la causa original, total o parcial, fuera el impacto del buque con los troncos del “VARNADIEP”.
"PRESTIGE: UN CASO POR SOLUCIONAR
EL CASO, 20 AÑOS DESPUÉS
El 15 de noviembre del 2022 se celebtró en la Facultad de Náutica de Barcelona una jornada dedicada al "Prestige". Los ponentes invitados, que en su día intervinieron en el juicio oral, fueron Santiago Zabaleta (abogado) y Juan Zamora (perito). Las conclusiones de ambas exposiciones fueron de carácter jurídico presentando todos los procesos judiciales habidos, en curso y los venideros. No se trataron los aspectos técnicos de las causas del accidente; todo sigue en los mismos principios y se insiste por vídeos proyectados y la presentación personal en considerar al buque como "viejo" y no como "buque existente" conforme el SOLAS. En el turno de preguntas manifesté mi desacuerdo en mantener interpretaciones desafortunadas, mantenidas desde la celebración del juicio, conducentes a una idea equivocada del estado del buque (para desguace), del estado físico del capitán y jefe de máquinas, cuando la realidad es que personas y buque aguantaron lo indecible en tiempo y formas. En conclusión, según conversaciones con asistentes profesionales náuticos, el "asunto está en manos de los abogados y tu sabes lo que esto significa ...". Mi criterio no ha cambiado con el tiempo, es un caso pendiente de solución bajo el punto de los profesionales náuticos, y a estas alturas, quedan muy pocas esperanzas.
[1] Anexo I Aceptación de cargo de perito
[2] Mi informe estuvo basado en 64 referencias documentales (varios miles de páginas)
[3] Informe CEHIPAR (Canal de experiencias hidrodinámicas del Pardo). Anexo III
[4] Declaraciones de tripulantes ante la Capitanía Marítima de A Coruña, de 16.11.202
[5] Prof. Alfred R. Osborne, de la Corporación de investigación de olas no lineales, de Arlington, Virginia, “El estado del mar en el incidente del “Prestige”. Julio 2012
[6] Recorte de prensa que habla de las dimensiones de los troncos (Anexo II)
[7] Anexo III
[8] Un ariete es un arma de asedio originada en épocas antiguas, usada para romper las puertas o las paredes fortificadas. En su forma más simple, un ariete es tan solo un tronco grande y pesado, cargado por varias personas e impulsado con fuerza contra un obstáculo.
[9] https://www.artsurfcamp.com/blog/la-velocidad-clave-del-surfing/